Introducción
Dejar el país de origen nunca es una decisión fácil. Cuando la salida es forzada por situaciones de violencia, persecución o peligro, llegar a un nuevo país trae consigo el reto urgente de encontrar seguridad legal. En la Ciudad de México, miles de personas buscan cada año protección a través de la COMAR (Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados).
Es muy común escuchar que la COMAR es "la vía para sacar papeles en México", pero es fundamental entender cómo funciona realmente este proceso. Como abogados especialistas en migración en la CDMX, queremos explicarte con total claridad qué es la COMAR, quiénes califican y cómo este proceso te protege legalmente.
¿Qué es la COMAR y para quién es realmente?
Es importante ser muy claros y honestos en este punto: el trámite ante la COMAR no es un programa de regularización migratoria general. Es un procedimiento de protección internacional.
La condición de refugiado está destinada exclusivamente a personas que:
Tienen un temor fundado de ser perseguidas por motivos de raza, religión, nacionalidad, género o pertenencia a un grupo social.
Han huido de su país porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada o conflictos internos.
Si tu objetivo en México es únicamente por razones económicas o de turismo, la COMAR no es la vía adecuada y tu solicitud podría ser rechazada. Sin embargo, si realmente no puedes volver a tu país por miedo o peligro, el Estado Mexicano tiene la obligación de protegerte.
Beneficios de Iniciar el Trámite de Refugio
Desde el momento en que inicias formalmente tu solicitud ante la COMAR (tienes 30 días hábiles desde que entras a México para hacerlo), adquieres derechos inmediatos:
No Devolución: Las autoridades mexicanas (incluido el INM) no pueden deportarte ni regresarte a tu país mientras tu trámite esté en proceso.
Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH): Con la constancia de tu trámite en COMAR, puedes solicitar esta tarjeta ante el Instituto Nacional de Migración.
Permiso de Trabajo y CURP: La TVRH te otorga una CURP (Clave Única de Registro de Población), lo que te permite trabajar legalmente en México, abrir una cuenta bancaria y acceder a servicios de salud pública.
El Proceso: ¿Qué debes esperar?
El proceso en las oficinas de la COMAR (ubicadas en la colonia Juárez de la CDMX) requiere paciencia y preparación:
La Entrevista: Es el paso más crítico. Deberás explicar a detalle por qué huiste de tu país. Contar con evidencia y un relato claro es fundamental.
El Tiempo de Espera: Aunque la ley marca tiempos específicos, debido a la alta demanda, las resoluciones pueden tomar varios meses. Durante este tiempo, debes firmar asistencia periódicamente y no puedes salir del estado donde iniciaste el trámite sin autorización.
La Resolución: Si la COMAR aprueba tu solicitud y te reconoce como refugiado, el camino migratorio cambia drásticamente a tu favor.
El Siguiente Paso: La Residencia Permanente
Uno de los grandes alivios de obtener el Reconocimiento de la Condición de Refugiado es que tienes derecho a solicitar la Residencia Permanente ante el INM. Esto te permite vivir en México de forma indefinida, entrar y salir del país (con ciertas restricciones respecto a tu país de origen) y construir tu vida con total seguridad jurídica.
¿Por qué es vital contar con asesoría legal?
El trámite ante la COMAR es gratuito y personal. Sin embargo, un error en tu declaración, una entrevista mal preparada o la falta de seguimiento puede resultar en una resolución negativa.
En Rondon & Sánchez, te acompañamos con empatía y profesionalismo. Analizamos tu historia de forma confidencial para determinar si la COMAR es la vía correcta para ti. Si lo es, te preparamos para tus entrevistas y gestionamos todos los trámites paralelos ante el INM (como tu Tarjeta por Razones Humanitarias y, eventualmente, tu Residencia Permanente).
Tu seguridad y tranquilidad son nuestra prioridad. Si temes regresar a tu país y necesitas protección en México, contáctanos hoy. Te brindaremos una consulta honesta para guiarte en cada paso de este sensible proceso.
A continuación, respondemos a las dudas más comunes que recibimos en nuestro despacho sobre el proceso de solicitud de refugio en la Ciudad de México:
Aunque la ley establece un plazo de 45 días hábiles (prorrogables a 90 días), la realidad es distinta. Debido a la altísima cantidad de solicitudes en la CDMX, el proceso completo puede tardar de 6 meses a más de un año. Es un trámite que requiere mucha paciencia y dar seguimiento constante a tus firmas de asistencia.
No. El trámite ante la COMAR y ante el Instituto Nacional de Migración (INM) para solicitantes de refugio es estrictamente gratuito. Ningún funcionario público puede cobrarte. Sin embargo, contratar a un abogado de migración privado tiene honorarios por el concepto de asesoría legal, revisión de tu caso, preparación para tus entrevistas y acompañamiento para asegurar que no cometas errores que retrasen o arruinen tu proceso.
Sí, es posible, pero no de forma automática. Una vez que la COMAR admite tu trámite y te da una constancia, debes acudir al INM para solicitar una Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH). Esta tarjeta te otorga una CURP y un permiso de trabajo temporal válido mientras dure tu proceso de asilo.
No, esto es un error muy grave. Una de las reglas más estrictas de la COMAR es que debes permanecer en la entidad federativa donde iniciaste tu trámite (en este caso, CDMX o área metropolitana) para acudir a firmar periódicamente. Si te vas a otro estado o intentas llegar a la frontera con Estados Unidos sin una autorización formal de traslado, la COMAR dará tu caso por abandonado y perderás tu protección.
Si recibes una resolución negativa, no todo está perdido. La ley te otorga un plazo de 15 días hábiles para presentar un "Recurso de Revisión". Es una apelación donde se presentan más pruebas o argumentos legales. En esta etapa, contar con el respaldo de un abogado especialista es fundamental para revertir la decisión.